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Cumplimiento videovigilancia

Existe un desconocimiento generalizado sobre como cumplir con la ley en materia de instalación de cámaras de seguridad y cumplimiento videovigilancia.

Si uno busca por Internet, la información no es clara, no suele llevar a la Agencia de Protección de Datos Española y normativa al respecto.

Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal

Es muy frecuente ver o escuchar noticias sobre fuertes sanciones por incumplimiento de la citada Ley, lo que hace que cualquier infracción pueda acarrear al responsable un problema económico por el desconocimiento de esta norma, que empieza por lo más básico, la adaptación a la Ley  de Protección de Datos.

Como decimos, todo queda encuadrado dentro de la Ley de Protección de Datos.

En primer lugar, se tienen que dar de alta los ficheros correspondientes en la Agencia de Protección.

Por ejemplo, si se tratara del negocio de un local, donde el nivel es «Básico» pues tendrían que darse de alta ficheros como clientes, proveedores, etc.

En segundo lugar, se debería realizar un documento de seguridad que es el que recoge todos los datos que identifican la actividad, titulares, establece responsables, requisitos y cláusulas informativas entre otras muchas cuestiones que se tratan como denominación de carpetas de archivo, descripción de los equipos informáticos, sistemas operativos y software, nivel de seguridad de los ordenadores y un largo etc.

Por último y sobre esa base, habría que dar de alta un fichero de videovigilancia.

Tanto para cumplimiento videovigilancia como para adaptación a la normativa en protección de datos, es necesario disponer y dar soporte a los derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición) a los datos personales.

CUMPLIMIENTO VIDEOVIGILANCIA

En videovigilancia toma mayor importancia los derechos ARCO, pues es obligatorio avisar mediante carteles que se encuentra en zona de videovigilancia y el ciudadano tiene derecho a los mismos.

cumplimiento videovigilancia
Las grabaciones solo serán legales ante un Juez, si cumpla con la normativa. Además evitará sanciones.

Por tanto, si un local, empresa o negocio, una comunidad de propietarios o cualquier otra entidad dispone de cámaras y quiere tener cumplimiento videovigilancia, tendrá que acudir a un profesional, el cual se encargará de todos los trámites, así como informarle y prevenirle para el debido cumplimiento y así evitar sanciones.

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